Revista de Investigación Científica y Tecnológica
Alpha Centauri
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(enero - junio, 2024)
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Diferencia del Derecho y la Moral en Huanta. 2022
Difference Between Law and Morality in Huanta. 2022
Jeorlenin Barra-Ramos
jeoreleninbarra@gmail.com
Universidad Nacional Autónoma de Huanta, Perú
Juan Alexander Parodi Carro
japc0803@gmail.com
Universidad Cesar Vallejo, Perú
Ulises Martin Miranda Correa
mirandacorreaestudio@gmail.com
Universidad San Martin de Porres, Perú
Manuel Alberto Luis Manrique-Nugent
manuelmanriquenu@gmail.com
Universidad Nacionalidad Autónoma de Huanta, Perú
Resumen
El propósito del presente estudio estuvo centrado en reconocer las diferencias que existen entre el
derecho y la moral que poseen las personas de la ciudad de Huanta. La presente investigación
corresponde a una investigación cuantitativa, tanto de, una revisión teórica, documental y/o
bibliográfica, como también se encuestará a la población huantina con el fin de obtener una
información y datos más precisos. Se sabe que el derecho es un conjunto de principios y normas,
y que por lo general busca el orden y la justicia, que regulen las relaciones humanas en la sociedad
y cuya observancia puede ser impuesta de forma coactiva por parte de un poder público. Del mismo
modo, la moral es un conjunto de costumbres y normas. Por consiguiente, se conocerá cuáles son
esas costumbres y normas que se consideran buenas para orientar o reprochar el comportamiento
de la comunidad huantina. La principal diferencia, es que las normas morales que la Ética estudia
y establece, regulan, sólo el obrar individual; en cambio las normas jurídicas, que comprenden el
objeto de la Jurisprudencia o Derecho, son reguladoras del obrar interindividual y se refieren al
fuero externo del hombre estableciendo relaciones en un régimen de coexistencia (Monge,2018).
Por otro lado, las condiciones generales del deber es el objetivo que tiene la moral, en otras
palabras, los principios generales que determinan la rectitud del comportamiento del ser humano.
Palabras claves: Derechos, moral, diferencia.
Abstract
The purpose of this study was focused on recognizing the differences that exist between the right
and the moral that people of the city of Huanta have. The present investigation corresponds to
quantitative research, both a theoretical, documentary and/or bibliographic review, as well as a
survey of the population of Huanta in order to obtain more precise information and data. It is known
that law is a set of principles and norms, and that it generally seeks order and justice, which regulate
human relations in society and whose observance can be coercively imposed by a public power.
Similarly, morality is a set of customs and norms. Therefore, it will be known which are those
customs and norms that are considered good to guide or reproach the behavior of the Huantina
community. The main difference, is that the moral norms that Ethics studies and establishes,
regulate, only the individual acting; on the other hand, the juridical norms, which comprise the
object of Jurisprudence or Law, are regulators of the interindividual acting and refer to the external
jurisdiction of man establishing relationships in a regime of coexistence (Monge,2018). On the
other hand, the general conditions of duty is the objective of morality, in other words, the general
principles that determine the rectitude of human behavior.
Keywords: Rights, moral, difference.
Publicado: 26/01/2024
Aceptado: 25/01/2024
Recibido: 06/11/2023
Open Access
Scientific article
https://doi.org/10.47422/ac.v5i1.164
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Introducción
La presente investigación tiene una metodología
cuantitativa, tanto como, una revisión teórica, documental
y/o bibliográfica, como también se encuestará a la
población huantina con el fin de obtener una información y
datos más precisos. Con el fin de reconocer las diferencias
que existen entre el derecho y la moral que poseen las
personas de la ciudad de Huanta (Armas et al, 2022), fue el
primero que enfocó, con intención sistemática, el problema
de la distinción entre el derecho y la moral. En su obra a
“Fundamentos del Derecho Natural y de Gentes” publicada
en el año 1705, donde se distingue las ciencias relativas al
comportamiento humano en tres especies: La Ética o
Moral; la Política y la Jurisprudencia o Derecho.
Se sabe que el derecho es un conjunto de principios y
normas, y que por lo general busca el orden y la justicia,
que regulen las relaciones humanas en la sociedad y cuya
observancia o incumplimiento de dichas regulaciones
puede ser sancionadas de forma coactiva por parte de un
poder público. El derecho constitucional contemporáneo es
una ciencia porque desarrolla métodos que aspiran a un
conocimiento racionalmente comprobable de la
Constitución vigente en un país determinado, y de su
interrelación con la organización social a la cual está
dirigida (Bardazano & Marquisio, 2022).
Por lo cual, es necesario verificar si las instituciones
políticas funcionan correctamente con relación a las leyes
manifestadas en la constitución o si estas últimas son meras
entelequias.
Del mismo modo, la moral es un conjunto de costumbres y
normas. Por consiguiente, se dará a conocer cuáles son esas
costumbres y normas que se consideran buenas para
orientar o reprochar el comportamiento de la comunidad
huantina. La palabra "Moral" proviene del latín "mores", y
significa “costumbre”. Por lo tanto, "moral" no
corresponde con el concepto de malo o de bueno. Por esta
razón, podría definirse también como, la suma total del
conocimiento adquirido de las anteriores generaciones con
respecto a lo más bueno y noble a lo que una persona se
apega (Ronquillo, 2018). Por otro lado, también tenemos a
la conciencia moral, que es, la capacidad de reflexión del
ser humano sobre aquello que es correcto en relación con
el obrar. En consecuencia, se relaciona de manera directa
con la ética; puesto que, la ética reflexiona acerca de la
bondad o maldad de nuestros actos (Pinto, 2020).
Y qué pasaría si la persona se aleja de lo moral, Según
Valenzuela & Viacava (2022), cuando la persona se
desconecta moralmente no se activan los procesos
regulatorios a nivel cognitivo y emocional relacionados
con la autoevaluación negativa de los actos o
comportamientos violentos o delincuenciales, evitando así
la culpa, la vergüenza y la autocensura. Con relación a la
desconexión moral, se identificó que tiene una relaciona
negativa con la empatía, especialmente con las
dimensiones de toma de perspectiva y preocupación
empática; de igual manera, la prosocialidad,
específicamente las motivaciones prosociales de
emergencia, emocional, por complacencia y altruismo se
asocian negativamente con los diferentes mecanismos de
desvinculación moral (Valenzuela & Viacava, 2022)
La principal diferencia entre la moral y el derecho es que;
La moral tiene como principio lo honesto (honestun), se
refiere solo al fuero interno, y no es coercible; los deberes
morales son imperfectos, puesto que no se pueden
coaccionar, solo refiere a un perfeccionamiento íntimo
Cabo (2021). El estado, el cual es el órgano del derecho, no
puede adentrarse en el ámbito de la conciencia, con el fin
de imponer determinadas creencias, ya que, este es
totalmente ajeno al fuero interno y los deseos. El derecho,
en cambio, se refiere a lo justo (justum), y versa sobre el
fuero externo, el derecho no tiene como fin el
perfeccionismo interno, sino la coexistencia social. A los
deberes jurídicos se le denomina prefectos porque son
coercibles (Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de
las Casas, 2023).
El derecho, que conocen y valoran principalmente, es la
educación gratuita. El proceso global de la revolución de
los sesenta y ocho alcanzó a Perú no en la Lima
Metropolitana, sino en la sierra de Ayacucho en 1966 y
culminó en 1969 con las movilizaciones estudiantiles de
Huanta Gutiérrez (2019). Ya que, el derecho Supremo 006-
69/EP perjudicaba visiblemente a los alumnos
provenientes de estratos populares, en tanto, establecía el
pago de S/.100 mensuales (aprox. U$ 2,30), cifra bastante
elevada, especialmente para los padres de familia de las
zonas rurales andinas. Por lo cual Huanta luchó por la
gratuidad de la educación (Gutiérrez, 2019).
Marco Teórico
Se considerará la relación entre el derecho y la moral, como
mero resultado de la inevitable polémica entre
iuspositivismo e iusnaturalismo. Ya que, según el
iuspositivismo la norma reina con mano de hierro, por lo
que, para ellos el sistema jurídico consiste en un conjunto
jerárquico de disposiciones imperativas de deber ser como
categoría lógica y se encuentra por entero desconectado de
la moral, en las que la sanción se concibe como el elemento
diferenciador del Derecho, Morgan (2021); en otras
palabras, el iuspositivismo considera como fuente
fundamental del derecho como es el ordenamiento jurídico
escrito que rige en un momento dado, a diferencia del
iusnaturalismo, se basa en las leyes positivas. Ya que, el
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iusnaturalismo clásico es una doctrina de pensamiento, que
sostiene que existen leyes, las cuales no han sido puestas
por la voluntad humana y en cuanto tales son anteriores a
la formación de cualquier grupo social, reconocibles
mediante la búsqueda racional, de las que derivan, como de
toda ley moral o jurídica, derechos y que son, por el hecho
de derivar de una ley natural, derechos y deberes naturales
(Gonzalez, 2021).
No existe una condición necesaria entre Derecho y Moral,
considerando meritorio, mantener neutralidad valorativa y
el entendimiento de la presencia de la relatividad moral en
el análisis formal del Derecho Positivo como proponen
Kelsen y Austin; manteniendo relaciones contingentes,
críticas, pero delimitadas entre el Derecho y la Moral como
plantea Hart, pero siendo plenamente conscientes de lo
superfluo que es para el Derecho mantener concordancia
con lo moral y que no se obedece al Derecho precisamente
por una obligación moral sino por otras razones, como por
ejemplo la utilidad social del mismo (Jaramillo, 2018).
La obligación establece un límite a la conducta humana, y
Hart distingue dos significados diferentes de esta palabra al
analizar su connotación. Cuando se dice que alguien "tenía
la obligación de hacerlo", la voz se utiliza en el sentido de
estar constreñido al cumplimiento independientemente de
la voluntad de la persona. Por otro lado, decir que alguien
"se vio obligado" está vinculado a la percepción común de
que, según las circunstancias, la persona debía realizar la
acción exigida Montero, (2015). En cuanto a la reducción
de la conducta humana a un cálculo de riesgo y beneficio
para cumplir con la obligación en ambos sentidos, Hart
rechaza la idea de que el derecho pueda reducirse
simplemente a prever el castigo que recibi quien no
cumple con la obligación. Argumenta que esta reducción
no es sostenible y presenta dos objeciones (Figueroa &
Torres, 2018).
Antecedentes Internacionales
Rio (2015), señala que, en el término del siglo XX, los
principios jurídicos experimentaron un reconocimiento
formal tras ser previamente aceptados, criticados y
sometidos a una reestructuración conceptual. La noción de
un "mínimo de moralidad", según la perspectiva de Hart,
presente intrínsecamente en los elementos fundamentales
del ordenamiento jurídico, simboliza la inminente
integración de la moral en el ámbito jurídico, marcando la
superación del positivismo rígido. La teoría de Dworkin
introdujo la corriente pospositivista, la cual postula
requisitos específicos para su correcto funcionamiento. En
este contexto, se subraya la relevancia de la argumentación
jurídica y judicial para lograr una interpretación y
aplicación precisa del derecho, así como la necesidad de
ponderación y razonabilidad (Marquisio, 2019).
Alzamora, (2015), afirma que en respuesta al razonamiento
propuesto por Dworkin, ciertos positivistas se han
comprometido en la desafiante empresa de respaldar la
concepción tradicional del positivismo jurídico desde una
posición que resulta incómoda y rígida, especialmente a
raíz de las numerosas críticas dirigidas por diversos autores
hacia esta interpretación del derecho. Esta perspectiva se
distingue por sostener con determinación que, conforme a
la perspectiva dworkiniana, los principios son directamente
excluidos del concepto de derecho, es decir, simplemente
no se consideran como parte del derecho, Rosas (2019).
Desde esta perspectiva, la tarea emprendida por Hart se
interpreta como un esfuerzo por "desmitificar el derecho",
argumentando que la consideración de algo como derecho
debe depender de la capacidad para identificar la norma
analizada con una fuente social, prescindiendo por
completo de juicios morales. De esta manera, el
positivismo jurídico excluyente se vincula con lo que
comúnmente se conoce como la "tesis de las fuentes" o
"tesis social" (Carbonell, 2012).
Antecedentes Nacionales
Bustamante (2017), coincide con aquellos que mantienen
que el Derecho depende de la moral, que la moral
interacciona con el poder y que desempeña un papel
sustancial en el ámbito jurídico. La relación entre la moral,
la política y el Derecho no implica una identificación ni una
reducción de una a la otra. Aunque estas están
interconectadas, cada uno cumple funciones específicas, a
pesar de que puedan compartir objetivos similares. Esto
sugiere que la política y el Derecho no pueden ser
moralmente correctos sin la inclusión de la moral, y la
moral no puede ser fuerte y tener validez jurídica sin la
presencia de la política y el Derecho. A pesar de reconocer
esta conexión, es esencial señalar que no todo lo
políticamente conveniente o jurídicamente válido es
automáticamente moralmente aceptable. Además, no todo
lo conveniente desde el punto de vista político o
moralmente justo logra ser incorporado al poder y
convertirse en parte del ámbito jurídico, dado que la moral,
la política y el Derecho no se rigen por un conjunto
uniforme de reglas (Rodríguez, 2020).
(Granda, 2006) entiende que, aunque el Derecho se perciba
como un mero instrumento de establecimiento de orden, es
imperativo que examinemos escrupulosamente el modo en
que cada individuo emplea dicho instrumento en
consonancia con su conciencia moral individual. Similar a
un cuchillo, que es un instrumento neutral capaz de ser
utilizado tanto para la preparación de alimentos apetitosos
como para causar daño, el Derecho presenta una naturaleza
similar. La moral nos insta a cada uno de nosotros a
emplear este instrumento de manera coherente con nuestros
valores morales.
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(Bustamante, 2008) señala que la base fundamental de su
construcción teórica es la dignidad humana, sirviendo
como punto de inicio y fin para vincular moral, política y
derecho. Su enfoque evoluciona desde un humanismo
antropocéntrico y comunitario hacia un humanismo
secularizado, manteniendo la importancia del individuo y
reconociendo la relevancia de la comunidad. Este enfoque,
centrado en el ser humano desde la laicidad, fundamenta el
orden moral, político y jurídico en la dignidad humana.
Aunque destaca características distintivas del ser humano,
como la capacidad de razonar y la libertad moral, reconoce
la necesidad de completar esta perspectiva al considerar las
disparidades en el desarrollo de las capacidades humanas
en la realidad.
Definición y características del derecho y la moral.
El derecho y la moral son conceptos fundamentales que
coexisten en la sociedad, cada uno con características
distintivas.
El derecho, en su esencia, representa un sistema normativo
formalizado y reconocido por una autoridad
gubernamental, que establece reglas y deberes legalmente
vinculantes para los individuos. Su cumplimiento se
garantiza mediante sanciones establecidas por la ley. Por
otro lado, la moral se refiere a un conjunto de principios y
valores éticos internalizados por individuos y
comunidades, que dictan lo que se considera correcto o
incorrecto desde una perspectiva más subjetiva.
A diferencia del derecho, la moral no está respaldada por
una autoridad legal y su aplicación puede variar según las
creencias y valores personales. Aunque ambos sistemas
influyen en el comportamiento humano, el derecho opera a
través de la imposición externa de normas, mientras que la
moral se basa en una internalización más personal de
principios éticos.
Relevancia Cultural y Contextual:
Influencia de la cultura y contexto específico de Huanta
en la percepción y aplicación del derecho y la moral.
La influencia de la cultura y el contexto específico de
Huanta desempeña un papel crucial en la percepción y
aplicación del derecho y la moral en esta localidad. La rica
herencia cultural de Huanta, arraigada en tradiciones
ancestrales y valores comunitarios, moldea la manera en
que los individuos interpretan y aplican las normas legales
y éticas. La cosmovisión local, marcada por costumbres
arraigadas y prácticas culturales, puede generar una
conexión intrínseca entre la moral y el tejido social,
afectando la aceptación y cumplimiento de normas legales.
La preservación de valores tradicionales y la influencia de
la historia regional pueden crear un contexto en el cual la
moralidad colectiva y las normas legales interactúan de
manera única. Así, la comprensión holística de la
percepción y aplicación del derecho y la moral en Huanta
exige una consideración profunda de su contexto cultural,
permitiendo una evaluación más precisa de cómo estos
conceptos convergen y divergen en esta comunidad
específica (GARCÍA, 2022).
Factores históricos y culturales que moldean la
comprensión local de estos conceptos.
La historia de esta región, marcada por eventos
significativos y dinámicas sociales particulares, ha dejado
una impronta indeleble en la percepción de la legalidad y
la ética. Las tradiciones culturales arraigadas, transmitidas
de generación en generación, han contribuido a la
construcción de valores colectivos que influyen en cómo la
comunidad Huantina entiende y aplica tanto las normas
legales como los principios morales. La interacción de
eventos históricos, como conflictos o cambios en la
estructura social, con las expresiones culturales locales ha
moldeado una cosmovisión única que permea la manera en
que los habitantes de Huanta interpretan y dan significado
a conceptos fundamentales como el derecho y la moral.
Estos factores históricos y culturales, entrelazados de
manera intrincada, constituyen la base sobre la cual se erige
la comprensión local de la relación entre el derecho y la
moral en esta comunidad.
Valores Morales Predominantes:
Identificación de los valores morales más arraigados en
la sociedad Huantina.
La sociedad Huantina se distingue por la arraigada
presencia de valores morales que ejercen una influencia
significativa en la vida cotidiana de sus habitantes. Entre
estos valores, destaca la importancia atribuida a la
solidaridad y cooperación comunitaria, reflejando una
fuerte conexión interpersonal. La ética del respeto a los
ancianos, considerándolos depositarios de sabiduría,
también se manifiesta como un principio moral
fundamental.
La valoración de la honestidad y la transparencia en las
interacciones sociales contribuye a la construcción de
relaciones basadas en la confianza mutua. Asimismo, la
reverencia hacia la naturaleza y la espiritualidad revelan
una conexión profunda con el entorno y un respeto por las
creencias ancestrales. Estos valores arraigados, derivados
de la rica herencia cultural de Huanta, configuran la brújula
moral que guía las acciones y decisiones de la comunidad,
estableciendo un marco ético sólido que coexiste con las
normas legales y que, en ocasiones, puede influir en su
interpretación y aplicación.
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Exploración de cómo estos valores se reflejan o chocan
con las normas legales establecidas.
La interacción entre los valores arraigados en la sociedad
huantina y las normas legales establecidas revela una
dinámica compleja donde, en ocasiones, se observa un
reflejo armónico y, en otros casos, se producen choques
evidentes.
Los valores de solidaridad y cooperación comunitaria,
fundamentales en Huanta, pueden alinearse con la
búsqueda de la justicia social promovida por las normas
legales. Sin embargo, la ética del respeto hacia los
ancianos, si bien respaldada por valores morales sólidos,
puede generar desafíos cuando se confronta con ciertos
marcos legales que podrían no abordar de manera
específica las necesidades y derechos de este grupo
demográfico.
La honestidad y transparencia, valores enaltecidos en la
sociedad huantina, pueden coincidir con normas legales de
integridad, pero su interpretación puede variar según el
contexto cultural. En contraste, la reverencia hacia la
naturaleza y la espiritualidad puede no tener una
correspondencia directa con algunas regulaciones legales
más centradas en aspectos prácticos. Esta exploración
revela la importancia de entender cómo estos valores
locales pueden converger o diverger con las normas
legales, subrayando la necesidad de un diálogo continuo
para armonizar las expectativas morales con el marco legal
establecido.
Perspectivas Filosóficas y Jurídicas:
Revisión de las perspectivas filosóficas y jurídicas
relevantes en la distinción entre derecho y moral.
La revisión de las perspectivas filosóficas y jurídicas en
Huanta respecto a la distinción entre derecho y moral
revela un terreno intelectualmente enriquecedor. Desde un
punto de vista filosófico, se observa la influencia de
corrientes éticas que han dejado su impronta en la
comprensión local de estos conceptos. Las perspectivas
éticas, como el utilitarismo o el deontologismo, pueden
influir en cómo la sociedad Huantina evalúa la moralidad
de ciertas acciones y cómo estas perspectivas filosóficas
impactan en la elaboración de normas legales que reflejen
estos valores éticos.
Asimismo, se evidencia la presencia de perspectivas
jurídicas que han influido en la configuración del sistema
legal local, considerando la relación entre el derecho
positivo y las concepciones morales arraigadas en la
comunidad. La distinción entre la ley y la moral, desde una
perspectiva jurídica, plantea interrogantes sobre la
autonomía del sistema legal y su capacidad para reflejar los
valores éticos fundamentales de la sociedad.
La intersección de estas perspectivas filosóficas y jurídicas
en Huanta destaca la complejidad inherente a la distinción
entre derecho y moral. La adaptación de teorías éticas a la
realidad jurídica local y la influencia de estas perspectivas
en la elaboración y aplicación de leyes refuerzan la
necesidad de un enfoque interdisciplinario. Este análisis no
solo ofrece una comprensión más profunda de la relación
entre derecho y moral en Huanta, sino que también subraya
la importancia de un diálogo continuo entre los aspectos
filosóficos y jurídicos para garantizar un sistema legal que
resuene con la ética y valores morales arraigados en la
comunidad.
Análisis de cómo estas perspectivas influyen en la
interpretación local.
Las perspectivas filosóficas y jurídicas en Huanta revelan
cómo estas corrientes de pensamiento influyen en la
interpretación local de la distinción entre derecho y moral.
Desde una perspectiva filosófica, las diferentes corrientes
éticas presentes en la comunidad contribuyen a la
formación de valores morales arraigados, que actúan como
lentes a través de las cuales se evalúan las acciones y
decisiones. Por ejemplo, una influencia deontológica
podría dar prioridad a la ética del deber y la moral absoluta,
afectando la percepción de la legitimidad de ciertas leyes.
Desde el ámbito jurídico, la adaptación de teorías legales al
contexto huantino se refleja en la interpretación de las leyes
locales.
La consideración de la relación entre el derecho positivo y
las concepciones morales locales influye en cómo se
aplican las normas y se resuelven los conflictos legales,
integrando de manera única los valores éticos en la
interpretación de la legalidad. Esta interacción compleja
entre perspectivas filosóficas y jurídicas resalta la
importancia de un enfoque holístico al abordar la
interpretación local de la relación entre derecho y moral en
Huanta, reconociendo que las perspectivas filosóficas y
jurídicas entrelazadas desempeñan un papel esencial en la
construcción de la comprensión colectiva de estos
conceptos fundamentales.
Materiales y métodos
La presente investigación corresponde a una investigación
cuantitativa, tanto de, una revisión teórica, documental y/o
bibliográfica, con el fin de saber que es la moral y el
derecho y en que estos se diferencian. Como también, se
encuestará a la población huantina con el fin de obtener una
información y datos más precisos.
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Ya que la encuesta es un método de empírica que utiliza un
instrumento o formulario impreso o digital, destinado a
obtener respuestas sobre el problema en estudio, y que los
sujetos que aportan la información, llenan por mismos
(Avila et al, 2020). La encuesta se clasifica según su forma
de participación del investigador, según Avila et al, (2020);
las cuales son: Personal (si se aplica directamente por el
propio investigador). Y por Envío (si se hace llegar por el
investigador, a los sujetos a encuestar, por correo u otra vía
mediadora). Este último es la clase de encuesta que se
realizó en la presente investigación, debido a que, la
encuesta usada para la presente investigación, se hizo llegar
por medio del E-mail. La encuesta a nuestra muestra fue de
100 personas; de las cuales 50 eran estudiantes de nivel
secundario, y los otros 50 son adultos.
Resultados
Los resultados obtenidos, por medio de la metodología que
se aplicó en la presente investigación, nos condujeron y/o
nos dieron los siguientes resultados:
Resultado de las encuestas
La encuesta realizada está compuesta por cinco preguntas,
estas preguntas buscan cuál es la diferencia entre el derecho
y la moral de los huantinos. Una vez obtenidas las
respuestas deseadas, se organizó por medio de gráficos de
barras, de lo cual se obtuvo los siguientes resultados:
Concepto que tienen los huantinos sobre la moral: Con
la finalidad de saber cuál es el concepto que los huantinos
tienen sobre la moral, se hizo la primera pregunta que fue:
1ra. Preg. ¿Qué es la moral? Dando 6 alternativas como
posibles respuestas, las cuales son: a) Costumbres que
juzgan el comportamiento humano; b) La conciencia que
hace reflexionar sobre lo correcto; C) Lo que nos permite
diferenciar entre lo bueno y lo malo; d) Normas; F) Valores
y g) Otros. El resultado se muestra en la figura 1:
Figura 1
Concepto que tienen los ciudadanos huantinos sobre la moral
Nota. La figura muestra cifras de cuál es el concepto que los ciudadanos huantinos tienen con respecto a la moral en el
año 2022. Fuente: Propia.
En la figura 1 se muestra que para la mayoría de los adultos
y estudiantes huantinos la moral es una costumbre que
juzga el comportamiento humano, y la segunda respuesta
con más votos es que la moral permite diferenciar entre los
buenos y lo malo.
Concepto que tienen los ciudadanos huantinos sobre el
derecho: Con la finalidad de saber cuál es el concepto que
los huantinos tienen sobre el derecho, se hizo la segunda
pregunta que fue: 2da. Preg. ¿Qué es el derecho? Dando 5
alternativas como posibles respuestas, las cuales son: a)
Orden y justicia; b) Cuyo incumplimiento son sancionadas;
C) Una ciencia que desarrolla métodos; d) Leyes y F)
Otros. El resultado se muestra en la figura 2:
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Figura 2
Concepto que tienen los ciudadanos huantinos sobre el derecho
Nota. La figura muestra cifras de cuál es el concepto que los ciudadanos huantinos tienen con respecto a la moral en el
año 2022. Fuente: Propia.
En la figura 2 se muestra que para la mayoría de los adultos
y estudiantes huantinos el derecho es cuyo incumpliendo
son sancionadas, y la segunda respuesta con más votos es
que el derecho es orden y justicia.
La moral que identifica a un huantino: Con la finalidad
de saber cuál es la moral que identifica a un huantino, se
hizo la tercera pregunta que fue: 3ra. Preg. ¿Cuál es la
moral que te identifica como huantino? Dando 5
alternativas como posibles respuestas, las cuales son: a)
Ayudar a los que lo necesiten; b) La fidelidad conyugal; c)
Respeto de la privacidad; d) Pedir permiso y agradecer y F)
Otros. El resultado se muestra en la figura 3:
Figura 3
La moral que identifica a un huantino
Nota. En la figura se muestra cual es la moral que identifica a un huantino en el año 2022. Fuente: Propia.
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En la figura 3 se muestra una clara diferencia de opinión
entre los estudiantes y los adultos, haciendo tres respuestas
más votadas, la primera fue ayudar a los que lo necesiten,
esta alternativa fue una de las más parejas en votos entre
los grupos; la segunda más votada fue la fidelidad
conyugal, esta es la respuesta que muestra la clara
diferencia de opiniones entre los estudiantes y los adultos,
ya que esta respuesta tuvo muy pocos votos por los
estudiantes que es el caso contrario a los de los adultos,
porque esta es la respuesta que los adultos más votaron con
una gran diferencia a comparación de las otras; y la tercera
respuesta más votada el pedir permiso y agradecer.
El derecho que identifica más a un huantino: Con la
finalidad de saber cuál es el derecho que identifica a un
huantino, se hizo la cuarta pregunta que fue: 4ta.
Preg. ¿Cuál es el derecho que te identifica como huantino?
Dando 5 alternativas como posibles respuestas las cuales
son:
a) La gratuidad de la educación; b) A la libertad de
pensamiento, a expresarse y religión; c) A la privacidad; d)
Participación política y f) Otros. El resultado se muestra en
la figura 4.
Figura 4
El derecho que identifica más a un huantino
Nota. En la figura se muestra cual es el derecho que identifica más a un huantino en el año 2022. Fuente: Propia.
En la figura 4 se muestra que para la mayoría de los adultos
y estudiantes el derecho que los identifica como huantinos
es la gratuidad de la enseñanza, siendo esta respuesta
mayor votada por una gran diferencia a las demás.
La diferencia del derecho y la moral de los huantinos:
Con la finalidad de saber cuál es la diferencia del derecho
y la moral de los huantinos, se realizó la quinta y/o última
pregunta:
5ta. Preg. ¿Cuál es la diferencia entre el derecho y la moral?
Dando 4 alternativas como posibles respuestas de las que
tres son concepto y/o ideas de la diferencia, y una de ellas
es d) Otros.
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El resultado se muestra en la figura 5:
Figura 5
La diferencia del derecho y la moral de los huantinos
Nota. La figura muestra cifras de cuál es la diferencia del derecho y la moral de los ciudadanos huantinos en el año 2022.
Fuente: Propia.
En la figura 5 se muestra que para la mayoría de los
estudiantes y adultos la principal diferencia entre la moral
y el derecho es que; la moral tiene como principio lo
honesto, se refiere solo al fuero interno, y son imperfectos,
puesto que no se pueden coaccionar, solo refiere a un
perfeccionamiento íntimo.
El derecho, en cambio, se refiere a lo justo, y versa sobre
el fuero externo, el derecho no tiene como fin el
perfeccionismo interno, sino la coexistencia social. A los
deberes jurídicos se le denomina prefectos porque son
coercibles.
Discusión
La Principal diferencia entre la moral y el derecho es que;
La moral tiene como principio lo honesto (honestun), se
refiere solo al fuero interno, y no es coercible; los deberes
morales son imperfectos, puesto que no se pueden
coaccionar, solo refiere a un perfeccionamiento íntimo
(Monge, 2018).
El estado, el cual es el órgano del derecho, no puede
adentrarse en el ámbito de la conciencia, con el fin de
imponer determinadas creencias, ya que, este es totalmente
ajeno al fuero interno y los deseos.
El derecho, en cambio, se refiere a lo justo (justum), y versa
sobre el fuero externo, el derecho no tiene como fin el
perfeccionismo interno, sino la coexistencia social.
A los deberes jurídicos se le denomina prefectos porque
son coercibles (Monge, 2018).
Este es el concepto que la mayoría de los pobladores
Huantinos tienen y esto se comprobó en las encuestas
realizadas.
En los resultados obtenidos se da a conocer que la mayoría
de los adultos encuestados aún conservan un moral un poco
más reservado, en cambio los jóvenes o estudiantes, es todo
lo contrario.
En el caso del derecho los jóvenes son más conocedores de
ello, pero tanto jóvenes como adultos están de acuerdo en
que el derecho con más significado y valor tienen es la
educación.
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Conclusiones
La diferencia entre el derecho y la moral en la ciudad de
Huanta no se aprecia con claridad, pero tienen un
significado y valor distinto para los huantinos, ya que la
moral pesa más en los adultos y en los jóvenes es el
derecho.
La diferencia del valor que dan a la moral y al derecho los
jóvenes y los adultos, sería causado por la época y hechos
históricos que atravesaron, ya que los adultos vivieron en
una época donde la mayoría de los derechos no eran
respetados por lo cual se basarán más en lo moral, por otro
lado, los jóvenes no vivieron esos acontecimientos y se
valora más sus derechos que la moral.
Agradecimientos
Agradezco sobre todo a Dios, A nuestros padres y al
profesor Manrique Nugent Manuel Alberto Luis.
E invitamos reflexionar y analizar acorde a la situación
actual que se vive en la ciudad de Huanta, las teorías que
nos dan los autores citados y junto a los resultados
obtenidos.
La teoría obtenida del autor Monge, (2018), que nos
explica de manera más precisa la diferencia entre el
derecho y la moral.
Referencias
1. Alzamora, G. (2015). El problema del vínculo entre el
derecho y la moral tanto en el ámbito de la creación
como en el de la aplicación de reglas jurídicas en el
contexto de la cultura chilena. Obtenido de
https://repositorio.uchile.cl/bitstream/handle/2250/13
6605/El-problema-del-v%C3%ADnculo-entre-el-
derecho-y-la-moral.pdf?sequence=4
2. Armas; Durand; Olivera; Quispe. (2022). Sociología
del Derecho en la Ciudad de Huanta 2022. Obtenido
de srjournalcidi.org/:
https://srjournalcidi.org/index.php/ojs/article/view/10
0
3. Bardazano, & Marquisio. (2022). Introducción a la
Teoría del Derecho. Obtenido de
www.cse.udelar.edu.uy:
https://www.cse.udelar.edu.uy/wp-
content/uploads/2022/03/Teoria-introduccion-
Derecho.pdf
4. Bustamante, R. (2008). Entre la Moral, la Política y el
Derecho: El pensamiento filosófico y jurídico de
Gregorio Peces-Barba. Instituto de Derechos
Humanos Bartolomé de las Casas. Obtenido de
https://e-
archivo.uc3m.es/bitstream/handle/10016/4922/tesis_
bustamente_alarcon.pdf?sequence=1&isAllowed=y
5. Bustamante, R. (2017). La edificación de la moral
relevante para la política y el Derecho. Derecho
PUCP, 167-189.
6. Cabo. (2021). Moral y derecho. Obtenido de
www.gestion-sanitaria.com/: https://www.gestion-
sanitaria.com/2-moral-derecho.html
7. Carbonell. (2012). La idea de corrección en el
derecho. Obtenido de academia.edu:
https://www.academia.edu/47449193/La_idea_de_co
rrecci%C3%B3n_en_el_derecho
8. Figueroa, & Torres. (2018). Dos tesis de H.L.A. Hart
sobre responsabilidad y castigo: 50 años después.
Obtenido de http://www.scielo.org.pe/:
http://www.scielo.org.pe/scielo.php?script=sci_arttex
t&pid=S0251-34202018000200001
9. GARCÍA. (2022). Para optar el Grado Académico de
Doctor en Ciencias Sociales en la especialidad de
Sociología. Obtenido de cybertesis.unmsm.edu.pe:
https://cybertesis.unmsm.edu.pe/bitstream/handle/20.
500.12672/18922/Garc%C3%ADa_ej.pdf?sequence=
1&isAllowed=y
10. Gonzalez. (2021). Iusnaturalismo Vs. Iuspositivismo.
Obtenido de www.univa.mx:
https://www.univa.mx/blog/iusnaturalismo-vs-
iuspositivismo/
11. Granda, F. (2006). La moral y el Derecho. ius et
veritas, 16(33), 408-410. Obtenido de
https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/iusetveritas/art
icle/view/12371/12934
12. Gutiérrez. (2019). 50 años de la gesta huantina por la
gratuidad de la educación. Obtenido de
www.revistas.unah.edu.pe:
https://www.revistas.unah.edu.pe/index.php/puriq/art
icle/view/58
13. Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las
Casas. (2023). DERECHO Y CONFIANZA.
Derechos y Libertades, 17 -90.
14. Jaramillo. (2018). EL DERECHO Y LA MORAL:
¿UNA RELACIÓN REALMENTE NECESARIA?
Obtenido de dspace.uazuay.edu.ec:
https://dspace.uazuay.edu.ec/bitstream/datos/8640/1/
UDA_JaramilloFranciscoDerechoMoral.pdf
15. Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las
Casas. (2023). DERECHO Y CONFIANZA.
Derechos y Libertades, 17 -90.
16. Marquisio. (2019). Revista de Derecho (Universidad
Católica Dámaso A. Larrañaga, Facultad de Derecho).
Obtenido de scielo.edu.uy:
http://www.scielo.edu.uy/scielo.php?script=sci_artte
xt&pid=S2393-61932019000100049
17. Montero. (2015). biblio.juridicas.unam.mx. Obtenido
de Derecho y moral. Estudio introductorio, Colección
Revista de Investigación Científica y Tecnológica
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ISSNe: 2709-4502
PROF-AC-V-00
Vol. 5 N.º 1
(enero - junio, 2024)
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Revista de Investigación Científica y Tecnológica Alpha Centauri
Facultad de Derecho de la UNAM:
https://biblio.juridicas.unam.mx/bjv/detalle-
libro/4063-derecho-y-moral-estudio-introductorio-
coleccion-facultad-de-derecho-de-la-unam
18. Pinto. (2020). La conciencia moral. Obtenido de
revistamarina.cl:
https://revistamarina.cl/es/articulo/la-conciencia-
moral
19. Rio, M. d. (2015). La tesis de la separación del
derecho y la moral y su impacto en la formación ética
de los abogados. Hacia la innovación social en el
derecho. Revista Iberoamericana para la Investigación
y el Desarrollo Educativo., 6(11). Obtenido de
https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/5280190.
pdf
20. Rodríguez. (2020). Regla de reconocimiento y validez
jurídica (H. L. A. Hart). Obtenido de uvadoc.uva.es:
https://uvadoc.uva.es/bitstream/handle/10324/47018/
TFG-D_01106.pdf?sequence=1
21. Ronquillo. (2018). ÉTICA GENERAL Y
PROFESIONAL. Obtenido de etica.uazuay.edu.ec:
https://etica.uazuay.edu.ec/sites/etica.uazuay.edu.ec/f
iles/public/%C3%89tica-general-y-profesional-
DIGITAL_0.pdf
22. Rosas. (2019). Una mirada a la evolución del concepto
de Derecho y la fractura de la “novela en cadena” en
Ronald Dworkin. Obtenido de scielo.edu.uy:
http://www.scielo.edu.uy/scielo.php?script=sci_artte
xt&pid=S2301-06652019000202110
23. Valenzuela, & Viacava. (2022). CRIANZA
PARENTAL Y VALORES CÍVICO MORALES EN
ESTUDIANTES DE SECUNDARIA DEL
DISTRITO DE SAN LUIS AÑO. Obtenido de
repositorio.urp.edu.pe:
https://repositorio.urp.edu.pe/bitstream/handle/20.50
0.14138/6373/T030_72040704_T%20ANGELA%20
MARIA%20VALENZUELA%20CHUNG.pdf?sequ
ence=1&isAllowed=y